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Scattered Coins
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Prevención de Lavado de Dinero y financiamiento al terrorismo

En Laura Garza y Asociados contamos con los temas de mayor interés en el cumplimiento de la difusión de la cultura financiera en la Sofomes y otras instituciones como Centros Cambiarios, Cajas de Ahorro, Casas de Empeño, Bancos, Casa de Bolsa y Asesores Independientes financieros regulados por CNBV, así como materia de PLD/FT dirigido a los auditores, oficiales de cumplimiento, y demás profesionales que prestan sus servicios a las entidades y personas sujetas a la supervisión de la CNBV.

CURSOS ESPECIALIZADOS (CNBV)

La CNBV como organismo regulador del Mercado de Valores y la Banca en México ha publicado mediante circulares los requerimientos de capacitación anual a la que se sujetarán quienes laboren en una Institución Financiera.

CURSOS CNBV

La CNBV como organismo regulador del Mercado de Valores y la Banca en México ha publicado mediante circulares los requerimientos de capacitación anual a la que se sujetarán quienes laboren en una Institución Financiera.

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¿QUÉ TENGO QUE HACER PARA OBTENER LA AUTORIZACIÓN DE LA CNBV?

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El personal certificado que sea contratado por un Intermediario del Mercado de Valores, para obtener la autorización de la CNBV, deberá solicitar su inscripción en el Registro de la AMIB iniciando el trámite con la entrega de:

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  1. Solicitud de inscripción al Registro.

  2. Un informe proporcionado por una Sociedad de Información Crediticia, que contenga su historial de cuando menos 5 años (Buró de Crédito).

  3. Cartas de recomendación (mínimo 2).

  4. Manifestaciones 'bajo protesta de decir verdad' de acuerdo al formato entregado por la AMIB.

  5. Cartas de los Intermediarios del Mercado de Valores o Asesores de Inversión relativas a la contratación de Apoderados u Operadores.

  6. Copia certificada o autenticada de la escritura en la que constan los poderes otorgados (sólo hasta contar con la autorización respectiva).

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Una vez recibida la solicitud de inscripción en el registro, la AMIB tendrá 5 días hábiles para verificar que cumple con todos los requisitos de ley y para solicitar a la CNBV la autorización de la persona de que se trate. Esta última cuenta con 20 días hábiles para emitir la autorización correspondiente o para negarla.

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En caso de que la CNBV haya otorgado la autorización y que el Intermediario en el que labora tramite el poder notarial respectivo, la AMIB entregará la cédula de registro que lo identifica como Apoderado del Mercado de Valores u Operador de Bolsa.

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